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Abogados de Díaz Rúa y Angel Rondón refutan críticas a la sentencia de la SCJ que absolvió a ambos en el caso Odebrecht

SANTO DOMINGO.– Los abogados Eduardo Núñez y Emery Rodríguez salieron al frente a las críticas emitidas sobre la sentencia que descargó al exministro de Obras Públicas, Víctor Diaz Rúa, y al empresario Angel Rondón, en el caso Odebrecht.

“Esa sentencia de la Suprema Corte de Justicia está cimentada en principios “, sostuvo Emery Rodriguez, que forma parte de la defensa de Angel Rondón.

Explicó que la alta corte determinó que no hay lavado de activos porque no hay un delito precedente vinculante.

“Debe haberse probado delitos graves, por ejemplo: sustancias controladas, tráfico de armas, genocidio, alguna actividad ilícita anterior puede probarse para que pueda calificarse como lavado de activos”, manifestó.

En tanto, el doctor Eduardo Núñez, quien es de la barra de la defensa de Víctor Díaz Rúa, sostuvo que el lavado de activos es un delito dependiente de otro.

“Es decir, el delito solamente va a tener lugar cuando se configura, que se pruebe un delito precedente”,  subrayó.

Ambos juristas fueron entrevistados en Hoy Mismo, por Color Visión sobre la sentencia de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia que absolvió a Diaz Rua y Angel Rondón de la acusación de soborno y lavado de activos.

Dijeron que al no establecerse en primera y segunda instancia que se entregó sobornos a funcionarios públicos, la Suprema Corte de Justicia establece que no existe lavado de activos.

Eduardo Núñez y Emery Rodríguez aclararon que la sentencia a favor de Días Rúa y Angel Rondón fue en última instancia, por lo que no hay apelación ni casación.

“Uno podría pensar talvez sobre un recurso ante el Tribunal Constitucional, pero es bueno que estemos claros que en el poder judicial las acciones acabaron, de hecho, judicialmente terminaron”, manifestó Núñez.

Aclaró que el Tribunal Constitucional es un órgano extrapoder que no pertenece al poder judicial.

En tanto, Emery Rodríguez dijo que los absueltos comenzarán las acciones para que todos sus bienes incautados por el Ministerio Público, sean devueltos, ó de lo contrario acudirían ante el Tribunal Superior Administrativo, donde depositarían un recurso sobre responsabilidad patrimonial.

Díaz Rúa y Rondón eran las únicas personas condenadas en República Dominicana por el más grande caso de corrupción administrativa que salpicó a Latinoamérica, donde la constructora brasileña admitió que pagó más de 92 millones de dólares a funcionarios dominicanos para agraciarse con obras del Estado.

La Suprema Corte ordenó el cese de toda medida de coerción impuesta en contra de Rondón y Díaz Rúa, así como la devolución de los bienes decomisados que figuran en el ordinal décimo tercero de la sentencia de primer grado.

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