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Condenan agresión policial contra fiscal; “esos policías no tienen que ver con placa, porque no son digesett, pero eso no conlleva arresto a nadie”

República Dominicana.-La agresión a la fiscal Carol Morla Rodríguez, de La Romana, por parte de agentes (seis) policiales, que la apresaron y esposaron, ha generado todo tipo de reacciones en contra de los agentes “que no respetan la libertad, la vida, la integridad ni la dignidad humana”.

Para el doctor Ramón Aristides Madera Arias, quien fue juez en el Tribunal Superior Electoral, el hecho que involucra a seis agentes de la Policía no es más que “un abuso y un exceso”.

“Ella se identificó y  mostró el carnet. Les dijeron que estaba detenida porque andaba sin placa y ella le dijo que venía de hacer un allanamiento en un vehículo de la fiscalía y que no la podían detener. La encañonaron y ella salió para la policía a buscar protección. La persiguieron y decían que ella era sospechosa de ser delincuente”.

En su reacción de indignación, el Dr. Madrea Arias recuerda que transitar en un vehículo sin placa no conlleva arresto; no está permitido y menos a un(a) fiscal.

“Si andaba en ese vehículo fue porque la mandaron así en ese vehículo a trabajar. Esos policías no tienen que ver con placa, porque no son digesett, pero vuelvo y digo que eso no conlleva arresto a nadie. Podían retener el vehículo, si sospechan que era robado o sin placa, pero no arrestarla”.

Caso Pedernales y otros que involucran a policías

Precisamente hay abierta una investigación sobre la muerte de una joven en Pedernales, a manos de un cabo miembro de una patrulla mixta, que arremetió a tiros contra los tres ocupantes del vehículo que supuestamente había ordenado detener.

“En Pedernales mataron una mujer e hirieron a otra en Pedernales y eso no puede suceder en nuestro país en contra de nadie. Por eso es que la policía mata a tantas personas y lo justifican. Eso no es posible en nuestro país.  Por eso es que en nuestro país se producen tantos casos similares, como el de Pedernales”.

Igual hace referencia al caso ocurrido en el destacamento del ensanche Naco, que generó en la muerte de David De Los Santos.

“Esa es la actuación policial en Naco, Ocoa, La  arquitecta. No respetan la vida. Repito, la placa no  conlleva arresto y no es atribuciones de ellos. A ustedes y a cualquier les puede pasar, solo están exento de esos los que son militares y son perros que no respetan la libertad, la vida,  la integridad ni la dignidad humana”, reaccionó Ramón Aristides Madera Arias.

Reitera que la fiscal Carol Morla Rodríguez, de La Romana, se identificó “y la encañonaron. No la mataron porque, como ellos sabían que ella es fiscal, iba a ser una muerta pesada. No es atribución de la policía arrestar a nadie por placa, menos a una fiscal que se identificó y que andaba trabajando”.

En cambio, explicó “la fiscalía si puede arrestar a un policía. Cuando la policía arresta a una persona, tiene que  entregarla de inmediato a un fiscal. Cuando se va a hacer un allanamiento, tiene que pedírselo a un fiscal”.

“El fiscal no puede ordenar arresto, ni  puede allanar sin una orden de un juez. El juez es que ordena y el fiscal es el que allana, porque los policías y la DNCD, en un allanamiento su participación es como seguridad, porque el responsable de allanar y de todo lo que pasa es el Ministerio Público”.

Insiste en que hay que preservar el derecho de la libertad e impedir los excesos, abusos, arbitrariedades.

“Luego es el juez que ordena la prisión, porque la libertad y el libre tránsito es un derecho fundamental, y para menoscabarla, existe la tutela judicial efectiva, que sea ordenada por el juez de la garantía, que es el  juez de la instrucción”.

Aclara el exjuez del TSE las atribuciones del Ministerio Público :

  1. La formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad.-
  2. Representar a la sociedad en el ejercicio de la acción penal en la lucha contra la criminalidad.-
  3. Dirige las investigaciones de todos los hechos. La policía y todos los órganos del estado están obligados a cumplir con los requerimientos del Ministerio Público.-

“Ahora bien, esa fiscal no es una delincuente, y ella se identificó. La encañonaron y ella se fue para la policía a buscar refugio, no se fugó”.

También recuerda e insiste en que falta de placa no conlleva arresto de nadie, porque no está contemplado en la ley.

Otros aspectos a recordar:

A) Que si hubo falta de usar vehículo incautado y sin placa es de la institución que les  asigna esos vehículos a los pobres fiscales.-

2) Eso no conlleva arresto.-

3) Ellos no tienen calidad para arrestar a nadie por una placa, es atribución de la Digesett.-

4) si fuera un militar lo dejan seguir.-

5) Ellos la encañonaron, pero eso no lo filtraron a la prensa.-

6) Ella andaba sin chófer, ni seguridad trabajando, con mucha precariedades, haciendo un trabajo que les encomendaron.-

7) La policía en esos chequeos lo que hace es extorsionar y chantajear.-

8) A cualquier persona les puede pasar y les pasa a diario.-

9) La mayoría de las personas no se paran de noche  cuando un policía los manda a parar,  incluyendo a ustedes, porque casi siempre son extorsionadores y atracadores.-

10) La fiscalía es la que dirige la investigación. Por sus atribuciones implica, que ella podría investigar a los policías, pero ellos a ella no.-

11) Una situación similar ha sucedido con decenas de casos en el país.-

12) La policía no puede revisar vehículos, sin la presencia del Ministerio Público. Ellos tenían que llamar a un fiscal para abrir a ese carro.-

13) La magistrada  estaba llamando a  la fiscal titular, y éso es lo que tenían que hacer los policías.-

En consecuencia, considera el doctor Madera Arias que “la policía no podían hablarle tan mal a esa mujer, llamándole hasta mierda, lo que es un delito contra la dignidad humana y contra la mujer, y un exceso de poder”.-

14) La policía no podía filtrar ese video a las redes sociales, eso es otro delito, porque  atenta contra la dignidad humana. Además, lo editaron, porque no pasaron la parte donde ella presentó el carnet y que procedieron a encañonarla.-

15) Esa actuación grosera y uso exclusiva e irregular de la fuerza, constituye un acto de violencia contra la mujer.-

16) Ya en el destacamento cuando a donde ella fue a buscar protección, lo que procedía era, que ellos llamen a la fiscal Titular y que  esperen la presencia de un fiscal, pero no podían hablarle mal, ni arrestarla, ni esposarla, ni revisarle el vehículo.-

“Con una policía así, le tengo pena al pueblo Dominicano, porque si eso fue a una fiscal, qué será de un humilde ciudadano ordinario”.

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